Las salas de trabajo en grupo se destinan exclusivamente para finalidades académicas, en ningún caso para reuniones u otras actividades no académicas. Su uso se regula en las Normas de funcionamiento de los servicios de sala y préstamo, aprobadas por Comisión de Biblioteca de 3 de julio de 2018, especialmente en su artículo 5.3.
El usuario al que se le presta se hará responsable del comportamiento del grupo, así como del cuidado del mobiliario y la sala.